*Dr. Julián Germán Molina Carrillo.
A propósito de la conmemoración del “Día del abuelo” en nuestro país este veintiocho de agosto, es muy importante analizar y llevar a cabo algunas reflexiones sobre la situación actual que viven en nuestro país y que tanto hemos avanzado en cuanto al respeto a los derechos de las personas mayores en el gobierno de la cuarta transformación, siendo uno de los grupos vulnerables eje de la estrategia de la Secretaría del Bienestar y del Presidente López Obrador, quién ha logrado, desde que fue jefe de Gobierno de la Ciudad de México contar con su apoyo, por los beneficios que les ha otorgado para su manutención, modelo que ya algunos estados del país, han adoptado como parte de sus políticas públicas.
A nivel federal, la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, menciona que tienen derecho a:[1]
- Derecho a una vida con calidad, sin violencia y sin discriminación.
- Derecho a un trato digno y apropiado en cualquier procedimiento judicial
- Derecho a la salud, alimentación y familia.
- Derecho a la educación.
- Derecho a un trabajo digno y bien remunerado
- Derecho a la asistencia social.
- Derecho a asociarse y participar en procesos productivos de educación y capacitación en su comunidad.
- Derecho a denunciar todo hecho, acto u omisión que viole los derechos que consagra la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
- Derecho a la atención preferente en establecimientos públicos y privados que presten servicio al público.
- Derecho a contar con asientos preferentes en los servicios de autotransporte.[2]
En el ámbito local, tenemos. la Ley de Protección a las Personas Adultas Mayores para el Estado de Puebla que les reconoce como derechos de las personas adultas mayores:[3]
I.- Tener acceso a toda la información gerontológica disponible, para incrementar su cultura, para analizar y llevar a cabo acciones de preparación para la adultez mayor;
II.- Recibir orientación jurídica y social, por parte de los SMDIF, quienes en forma conjunta con otros organismos públicos y privados, implementarán programas de atención para las personas adultas mayores;
III.- Vivir con decoro, honor y respeto, libres de cualquier forma de violencia física, verbal o económica que ponga en peligro su vida, salud y/o patrimonio;
IV.- Residir dignamente en sus hogares y cerca de sus familiares hasta el último momento de su existencia, a menos que medie enfermedad grave, que requiera de internamiento en instituciones especializadas; [4]
V.- Gozar del respeto a sus derechos humanos y ser protegidos contra toda forma de explotación;
VI.- Seguir siendo parte activa de la sociedad, recibiendo en consecuencia la oportunidad de ser ocupado en trabajos, actividades lucrativas o voluntarias, conforme a su profesión, oficio o habilidad manual, aprovechando de esta manera sus habilidades, sin más restricción que sus limitaciones físicas o mentales declaradas por autoridad médica o legal competente;
VII.- Formar parte de las bolsas de trabajo de las instituciones oficiales y particulares;
VIII.- Mejorar su nivel de vida y recibir condonaciones de impuestos tanto estatales, como municipales, de acuerdo con lo establecido por las leyes de la materia;[5]
IX.- Ser sujetos de los descuentos en determinados servicios públicos, establecimientos comerciales, centros hospitalarios y otros servicios técnicos y profesionales;
X.- Participar en actividades cívicas y tradicionales, si así lo consideran conveniente;
XI.- Disfrutar de asistencia social, de acuerdo con lo establecido en las leyes de la materia;
XII.- Alcanzar los beneficios a la salud, para lograr el bienestar físico y mental, así como recibir orientación y capacitación para tener una nutrición adecuada y apropiada;
XIII.- Obtener atención de calidad con componentes gerontológicos y geriátricos en los diversos niveles de atención a la salud; XIV.- Estar informados de las condonaciones y descuentos a que se refiere el artículo anterior;
XV.- Prestar labor social, sin que esto implique que puedan ser obligados a realizar cualquier trabajo;
XVI.- Disfrutar del respeto a su integridad física, psicoemocional y sexual.[6]
El número de adultos mayores en el mundo se está triplicando: en el año 2000 eran 606 millones; para 2050, podrían ser hasta 1,970 millones.
La Dra. Chávez Ortiz, directora del Departamento de Ciencias de la Salud de la IBERO Puebla, explicó que la presencia de los familiares es vital para el desarrollo de los adultos mayores, pues estos aportan hasta un 61.8% del sostenimiento económico por 27.6% de la pensión de trabajo. Esto contrasta con las condiciones de pobreza en hogares encabezados por un jefe o jefa de familia mayor de 60 años: 58% (2014) vive en estas condiciones.[7]
El maltrato a personas mayores es un problema importante de salud pública. Según un estudio de 2017 basado en la mejor evidencia disponible de 52 investigaciones realizadas en 28 países de diversas regiones, incluidos 12 países de ingresos bajos y medianos, durante el último año el 15,7% de las personas de 60 años o más fueron objeto de alguna forma de maltrato.[8]
En mayo de 2016, la Asamblea de la Salud aprobó una Estrategia y plan de acción mundiales sobre el envejecimiento y la salud en que se ofrecen orientaciones para llevar a cabo una acción coordinada en los países contra el maltrato a las personas mayores, en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Con arreglo a la Estrategia mundial, la Organización Mundial de la Salud y sus asociados colaboran para prevenir el maltrato a las personas mayores mediante iniciativas que ayudan a identificar, cuantificar y responder al problema, las cuales consisten, entre otras cosas, en:[9]
- generar evidencia sobre el alcance y los tipos de maltrato a personas mayores en diferentes entornos (para comprender la magnitud y la naturaleza del problema a nivel mundial), particularmente en países de ingresos bajos y medianos de Asia Sudoriental, Oriente Medio y África respecto de los cuales existen pocos datos;
- recopilar pruebas y elaborar orientaciones para los Estados Miembros y todos los sectores pertinentes con el fin de prevenir el maltrato a personas mayores y reforzar sus respuestas al respecto;
- difundir información a los países y prestar apoyo a las iniciativas nacionales para prevenir el maltrato de las personas mayores;
- colaborar con organismos y organizaciones internacionales para impedir que el problema vaya a más en el ámbito mundial.[10]
La situación económica en la vejez, se vincula con el derecho al empleo, los ingresos, el retiro y la seguridad financiera. La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) calculó en 2015 que en México el porcentaje de individuos de 65 años y más que vivían en pobreza es superior a 30% mientras que el índice promedio de los países que la integran que fue de 12.6%.
En México, cerca de 22 mil personas viven en asilos; de éstas, seis de cada diez son mujeres. La estancia en centros privados asciende hasta los 35,000 pesos mensuales.[11]
El estudio que presentó el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) indica que en Puebla residen un total de 745 mil 419 personas en un rango de edad de 60 años o más. De esa cifra, 179 mil 370 no están inscritos a ninguna institución médica o servicio de salud particular, lo que representa el 24 por ciento del total de adultos mayores que habitan en el estado, siendo éste un grupo poblacional vulnerable ante la situación de emergencia por el covid-19.[12]
De acuerdo con el INEGI, un millón 921 mil 945 poblanos aparecen sin registro de afiliación a instituciones de salud del sector público o privado, la cifra representa 29.2 por ciento de la población total en el estado que asciende a millones 6 millones 583 mil 278 habitantes.
*Director general del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla.
[1] Cfr. “Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores”, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Secretaría General, Secretaría de Servicios Parlamentarios, Última reforma publicada DOF 20-05-2021
[2] Cfr. “Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores”, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Óp. cit.
[3] Cfr. “Ley de Protección a las Personas Adultas Mayores para el Estado de Puebla”, Gobierno del Estado de Puebla, Secretaría de Gobernación, Orden Jurídico Poblano, Última Reforma: 23 de octubre de 2020.
[4] Cfr. “Ley de Protección a las Personas Adultas Mayores para el Estado de Puebla”, Gobierno del Estado de Puebla” Óp. cit.
[5] Cfr. “Ley de Protección a las Personas Adultas Mayores para el Estado de Puebla”, Gobierno del Estado de Puebla” Óp. cit.
[6] Cfr. “Ley de Protección a las Personas Adultas Mayores para el Estado de Puebla”, Gobierno del Estado de Puebla” Óp. cit.
[7] Pichardo Ramírez, Roberto, “Infantilización y maltrato, principales problemáticas en casas para adultos mayores”, Óp. cit.
[8] Cfr. “Maltrato de las personas mayores”, Organización Mundial de la Salud, Fecha de publicación: 15 de junio de 2021, Disponible en: https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/elder-abuse, Fecha ultima consulta: 22-08-2021
[9] Cfr. “Maltrato de las personas mayores”, Organización Mundial de la Salud, Óp. cit.
[10] Cfr. “Maltrato de las personas mayores”, Organización Mundial de la Salud, Óp. cit.
[11] Pichardo Ramírez, Roberto, “Infantilización y maltrato, principales problemáticas en casas para adultos mayores”, Ibero Puebla, Fecha de Publicación: 05/Nov/2020, Disponible en: en: https://www.iberopuebla.mx/noticias_y_eventos/noticias/infantilizacion-y-maltrato-principales-problematicas-en-casas-para, Fecha ultima consulta: 22/08/2021.
[12] Verónica López, “Sin servicios de salud, 1 de cada 4 ancianos: INEG”, artículo publicado en Diario electrónico Milenio, Fecha de publicación: 02.02.2021, Disponible en: https://www.milenio.com/politica/gobierno/puebla-afiliacion-servicio-salud-1-4-adultos-mayores, Fecha última consulta: 22-08-2021