Ramón Sosamontes firmó decenas de contratos vinculados a la Estafa Maestra.
La Fiscalía General de la República (FGR) apelará la exoneración de Ramón Sosamontes por el caso de la Estafa Maestra. Acusó mala actuación del juez y dijo que presentará queja en su contra y buscará fincarle responsabilidad penal.
En un comunicado, la dependencia recordó que la exoneración de responsabilidad penal al ex colaborador de Rosario Robles en las secretarías de Desarrollo Social (Sedesol) y de Desarrollo Urbano (Sedatu),
Detalló que ésta estuvo al cargo del Juez Gustavo Aquiles Villaseñor, en función de Juez de Control, adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en la Ciudad de México con sede en el Reclusorio Norte.
Sobre la decisión de un Juez a favor de Ramón “N”, de contratos ilegales en representación de #SEDESOL, #FGR dará vista a @CJF_Mx, apelará e iniciará carpeta de investigación por delitos contra la administración de justicia por servidores públicos.
Agregó que la exoneración fue respecto de contratos ilegales suscritos por el imputado en representación de la entonces Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) con Radio y Televisión de Hidalgo (RTH).
En la audiencia el Juez no aceptó la responsabilidad penal de Sosamontes al considerar que los contratos que suscribió eran legítimos, al haberse llevado a cabo entre una dependencia Federal y un órgano descentralizado.
Con ello, agregó el juez, no le era aplicable la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
La FGR dijo que los ministerios públicos de la FGR que participaron en la audiencia, de viva voz, señalaron al Juez que la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, sí le era aplicable al investigado.
Estimaron que Radio y Televisión de Hidalgo (RTH) no tenía la capacidad técnica, material y humana para que fuera ella misma la que prestara el servicio solicitado, en virtud de que subcontrató con 17 personas físicas y morales en un porcentaje del 94.6 por ciento del importe del contrato original.
Dijeron que ello obligaba a someter el contrato a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, como lo señala el artículo 1 de dicho ordenamiento.
En dicho precepto se advierte que los contratos que celebren las dependencias con las entidades… “quedarán sujetos a este ordenamiento, cuando la dependencia o entidad obligada a entregar el bien o prestar el servicio, no tenga capacidad para hacerlo por sí misma y contrate un tercero para su realización …”.
Según la FGR, el agente del Ministerio Público le comunicó al Juez la preocupación de la Fiscalía respecto de su indebida interpretación de la Ley lo cual resulta contrario a las múltiples determinaciones emitidas por sus homólogos en casos similares.
“No hubo respuesta fundada y motivada del Juez, de conformidad con el criterio de esta Representación Social, manifestando únicamente que ojalá y pronto la superioridad y los Magistrados de Circuito emitieran criterios orientadores que dieran luz para determinaciones futuras”, dijo la FGR.Agregó que ante tal respuesta, y ante el acuerdo de referencia, “que ofende el Derecho y la recta impartición de justicia”, se dará vista al CJF para los aspectos administrativos que correspondan; y apelará el auto de referencia; además, iniciará una carpeta de investigación contra el Juez por delitos contra la administración de justicia por servidores públicos.