La revocación de mandato es una votación por la cual la ciudadanía decide si representantes electos mediante un proceso electoral valido, deben o no ser retirados de su encargo antes de que concluya el periodo por el cual fueron electos, es decir, es una modalidad del plebiscito mediante la cual los electores ejercen su soberanía sufragando sobre la ratificación o revocación del mandato de representantes electos por sufragio universal.
Dicha figura democrática de participación ciudadana, se encuentra establecida en el artículo 35 constitucional fracción IX y su ley reglamentaria se encuentra en la parte final de su aprobación, toda vez que la Cámara de Senadores acaba de aprobar la Ley Federal de Revocación de Mandato y en lo general la semana pasada la Cámara de Diputados también la aprobó en lo general.
Ante esto, si la ciudadanía así lo permite, en marzo del próximo año tendremos el primer ejercicio de revocación del mandato presidencial en México, sin embargo, debemos considerar, tanto la posibilidad, de que no se lleve a cabo, como de que la misma, sea utilizada como el medio para justificar y fortalecer la continuidad del Presidente de la República Andrés Manuel López Obrador en el ejercicio del poder cuyo período concluye en 2024.
Lo anterior, en razón de que para realizar dicho ejercicio deberá ser convocado por el Instituto Nacional Electoral, a petición de los ciudadanos y ciudadanas, en un número equivalente, al menos, al tres por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, además dicha solicitud deberá corresponder de por lo menos diecisiete entidades federativas y que representen, como mínimo, el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas.
Por lo que, si y solo si, se reúne el número de firmas establecidas se podrá llevar a cabo dicho ejercicio, pero la pregunta es ¿Quién y con qué recursos, se va a encargar de reunir las firmas de al menos 2,805,854.19 de mexicanos que estamos inscritos en el padrón electoral federal? Y de distribuir estas en 17 estados de la Republica, cuando en la mayoría de los estados gobierna MORENA, labor titánica no cree Usted, aunado a que el artículo cuarto transitorio de la referida reforma indica que las firmas deben recolectarse entre el 1 de noviembre y el 15 de diciembre de 2021, es decir sólo en cuarenta y cinco días.
Además, recordemos que la misma Constitución señala que solo se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional.
Ante esto, dicho ejercicio se tendrá que realizar a más tardar el sábado 5 de marzo del referido año, ya que no podrá convocarse para el 21 de marzo como lo deseaba el Presidente, debido a los plazos que el Congreso de la Unión definió en los artículos transitorios de la misma, donde se precisa que el Instituto Nacional Electoral tiene hasta el 4 de enero para emitir la convocatoria y, a partir de esa fecha, el proceso debe llevarse a cabo a más tardar en 60 días, periodo que se cumple el 5 de marzo.
Entonces, como podemos observar, sin una sociedad organizada difícilmente, se podrá llevar a cabo, aunado a lo anterior, para que el proceso de revocación de mandato sea válido deberá haber una participación de, por lo menos, el cuarenta por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores, puesto que la revocación de mandato sólo procederá por mayoría absoluta.
Por otra parte, estamos ante el peligro de que éste ejercicio ciudadano se convierta en un concurso de popularidad y no en un ejercicio democrático ya que se modificó la pregunta con la que se pretendía justificar la remoción del encargo, al retirarle la confianza del pueblo al Presidente.
Para diversos analistas, este ejercicio le permitirá al Presidente y a su partido medir el nivel de apoyo de los ciudadanos a su gestión y de ahí tomar decisiones, que incluso podrían llevarlo a valorar una probable reelección en el cargo, aunque el en sus mañaneras ha dicho que no piensa hacerlo, si llega a contar con una votación apabullante, no dude usted que sus planes cambien y decida de último momento, promover una reforma constitucional para lograr dicho objetivo, debido a que la oposición no ha podido fortalecerse y constituir una fuerza que haga contrapeso al ejercicio del poder de MORENA y sus aliados.
Otras opiniones, han señalado que dicho procedimiento de Revocación, es innecesario y que puede convertirse en un gran fracaso para el Presidente y su partido, como ocurrió con la consulta ciudadana para enjuiciar a los ex presidentes y que no tuvo el mayor interés y participación de los ciudadanos, muchos de ellos ya hartos de estar todo el tiempo inmersos en procesos electorales y la polarización que el Presidente ha promovido dividiendo a los mexicanos.
En general, la percepción es que el gasto de este nuevo capricho Presidencial, lo pagaremos todos los mexicanos, ya que irá directamente, como un gasto al presupuesto del INE para 2022, porque como diría el clásico:¿pero qué necesidad? Si López Obrador fue electo para el cargo por seis años, que los termine y se dedique a gobernar por el bien común de los ciudadanos y no de estar incentivando el encono y conflictos, que tanto daño le han hecho y seguirán haciendo al país.
*Director general del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla.