La política del gobierno de Rafael Moreno Valle Rosas, que se extendió con Antonio Gali Fayad, tuvo entre sus características el despojo de tierras violentando la legalidad y los derechos de campesinos, justificando su actuación a través del Congreso local que validaba sus iniciativas y decretos como de utilidad pública.
Así sucedió con 33 mil hectáreas del “Cerro Colorado”, siendo afectados 26 núcleos ejidales y marginando la participación y opinión de los ayuntamientos de Ajalpan, San Antonio Cañada, Nicolás Bravo, Tehuacán, Vicente Guerrero, Santiago Mihuatlán y Chapulco.
El día 19 de diciembre del año 2016 es firmado el Decreto del Ejecutivo del Estado y publicado el 20 de octubre de 2017.
Sin embargo, no se cumplió con la ley.
La prueba son los testimonios de los afectados y la política morenovallista arbitraria y represora que sufrieron los poblanos durante 8 años.
Dentro de los Artículos Transitorios que se soslayaron o manipularon, indica que se debe notificar personalmente la Declaratoria por conducto de la Secretaría del Medio Ambiente a los propietarios o poseedores de los predios comprendidos en el Área Protegida. De ser necesario se deberá realizar una segunda publicación, la cual hará las veces de notificación personal. Una vez concluido el proceso de notificación, ya publicada la Declaratoria y la descripción analítico-topográfica limítrofe de la zonificación del Área Natural Protegida en el Periódico Oficial del Estado, se deberá inscribir en los Registros Públicos de la Propiedad de los municipios que intervienen en el Área Protegida y en el Registro Agrario Nacional.
La Secretaría formulará dentro del plazo de un año, contado a partir de entrada en vigor la Declaratoria, el Programa de Manejo del Área Natural Protegida, dando participación a los habitantes, propietarios, poseedores y detentadores de los predios en ella incluidos, a los municipios que abarca y a las demás dependencias competentes, a las autoridades federales, así como organizaciones sociales, públicas o privadas y demás personas interesadas.
Las irregularidades encontradas por el Gobierno del Estado, a partir de la denuncia de los afectados que fueron desconocidos en su garantía de audiencia y los elementos determinados por la Dirección de la Tenencia de la Tierra y la Secretaría del Medio Ambiente, dan cabida legal a la anulación del decreto del 19 de diciembre de 2016 y emprender un nuevo procedimiento.
Cabe preguntar: ¿Es el único caso?