GIOVANNY GARCÍA JIMÉNEZ
A pesar de los argumentos desaprobatorios del Ministro Luis María Aguilar, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró constitucional la solicitud de consulta popular para enjuiciar a los ex Presidentes de México, Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto.
No hay quinto malo, cita el refrán, ganando por mayoría de votos que el INE organice la consulta popular, no haciéndose necesario, en caso de que no hubiera sido aprobada, que el Presidente Andrés Manuel López Obrador instrumentara una reforma constitucional.
Hay que recordar que habían sido cuatro las ocasiones en que la Corte rechazó la petición de llevar a consulta popular cuatro temas importantes, dos solicitadas por el PRD y MORENA, el 30 de octubre de 2014, sobre la controvertida reforma energética, contando, incluso, con el voto en contra de la actual Secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero. En ese entonces fueron 10 votos desaprobatorios y uno a favor del Ministro José Ramón Cossío.
Pero, 24 horas antes, la Corte había desechado el planteamiento del PAN que propuso modificar la manera en que se fijaba el salario mínimo. Se argumentó que este tema tenía incidencia directa en los ingresos y egresos del gobierno federal, por lo tanto no era permitido por la Constitución.
Un mes después, el 3 de noviembre de ese mismo año, la Corte desechó contundente la última petición de consulta popular presentada por el PRI, que proponía disminuir el número de Diputados plurinominales, siendo la razón unánime para desecharla que el asunto electoral violentaba el artículo 35 constitucional.
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