Gabriela García Guzmán
El Congreso del Estado de Puebla abrió un proceso de análisis jurídico en torno al artículo 480 del Código Penal, que tipifica el delito de ciberasedio, luego de que un juez federal concediera un segundo amparo en el que se declara su inconstitucionalidad.
El presidente del Poder Legislativo, Pável Gaspar Ramírez, informó que la resolución, emitida el pasado 14 de enero por un juzgado del Sexto Circuito, motivó una revisión técnica y legal para determinar el alcance del fallo y su posible impacto en la legislación vigente de la entidad.
Explicó que, si bien el resolutivo cuestiona la constitucionalidad del precepto penal, éste no genera por ahora una obligación directa de modificación, debido a que no se trata de un criterio emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, instancia facultada para establecer jurisprudencia de aplicación general.
El legislador señaló que el análisis se centra en valorar si el contenido del artículo 480 vulnera derechos fundamentales como la libertad de expresión, así como en revisar la redacción y alcances del tipo penal, a fin de evitar interpretaciones ambiguas o usos indebidos de la norma.
Indicó que será en los próximos días cuando el Congreso defina si procede impulsar una reforma al Código Penal, particularmente en lo relativo al delito de ciberasedio, procurando que cualquier decisión se tome con responsabilidad jurídica y apego al marco constitucional.
El amparo fue promovido por la organización Propuesta Cívica y quedó asentado en el expediente 828/2025. En la resolución judicial se determinó que el artículo 480, en su redacción actual, no cumple con los principios de certeza y legalidad exigidos por la Constitución.