EL DERECHO A MANIFESTARSE ES LEGÍTIMO, PERO TIENE LÍMITES Y SANCIONES CONSTITUCIONALES

Diario ABC Puebla

Es un deber el respeto a la aplicación de la ley para la impartición de justicia.

No busquemos la perfección, todo es perfectible, pero hay que entenderlo y ejercitarlo como premisa fundamental para encontrar el equilibrio social.

Hace falta sensatez e integridad por encima de la cerrazón y la deshonestidad.

Esto es necesario subrayarlo porque se está haciendo costumbre, nada recomendable, que organizaciones cierren carreteras y tomen casetas de peaje con cualquier pretexto. En las últimas semanas han marchado y cerrado carreteras argumentando la desaparición de personas, achacando erróneamente la responsabilidad absoluta a las autoridades.

La desaparición de personas es un tema altamente complejo que obedece a múltiples factores, por eso es impreciso y perverso atribuirlo directamente al gobierno estatal o federal, porque en esto tienen que ver diversos delitos que se han incubado durante muchos años en diferentes administraciones priistas y panistas, como esla trata de personas, la violencia familiar, la educación, la escasez de principios y valores, negarse a denunciar.

Se debe comprender, indisolublemente, que existe una responsabilidad compartida entre gobierno y sociedad para atender y encontrar soluciones.

En la administración de Alejandro Armenta se han abierto las puertas, como nunca, a las madres buscadoras, a los colectivos. Las reuniones se han repetido con el compromiso de agotar todas las instancias para dar con la gente que se hizo “invisible” de manera extraña.

Armenta ha prodigado respeto y entregado su palabra de que no escatimará esfuerzo y apoyo, en coordinación con la fiscalía estatal, en buscar a desaparecidos. Incluso ya existe la Comisión de Búsqueda.

El trato ha sido respetuoso, siendo reconocido por las madres buscadoras. 

Al respecto hay que ser claros: “El artículo 6 constitucional garantiza el derecho a la manifestación y a la libre expresión, pero se debe ejercer sin atacar la moral, los derechos de terceros o afectar gravemente el orden público. El bloqueo de vías, al impedir el libre tránsito de otros ciudadanos, excede estos límites”.

Ahora bien, el gobierno tiene la obligación, de acuerdo a las leyes nacionales a internacionales, de prevenir, investigar y sancionar la desaparición de personas, existiendo vías judiciales y administrativas para exigir justicia, como la denuncia y el amparo buscador, recurrir a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada, pero sin soslayar la corresponsabilidad y la búsquedacoordinada con las autoridades.

Si bien la demanda de justicia por las desapariciones es legítima, los métodos de cierre de carreteras y la toma de casetas son considerados ilegales por la misma Constitución Mexicana; es decir, el Código Penal Federal establece sanciones de 3 a 20 años de prisión y multas para quienes obstaculicen, obstruyan u oculten las vías generales de comunicación.

En cuanto a la toma de casetas, se han hecho reformas en la Ley de Vías Generales de Comunicación que penalizan concretamente la interrupción del trabajo y manejo de las casetas, especificando que las sanciones pueden ir de los 3 meses a los 7 años de prisión, además de multas significativas.

POSDATA: Es preciso reiterarlo: La constitución permite el derecho a manifestarse y a la libre expresión, pero también asienta los límites de las mismas.

Nadie puede llamarse sorprendido en un país de leyesque quiere justicia y democracia.