Con la promulgación de la Reforma Judicial, arrancan los procesos para la elección extraordinaria de 2025.
Se elegirán:
📍 9 Ministros
📍 5 Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial
📍 2 Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral
📍 15 Magistrados de Salas Regionales
📍820 jueces de distrito y magistrados de circuito
📍Además de juzgadores locales en caso de elecciones locales
Fechas clave:
📍Antes del 23 de septiembre: Sesión del Consejo General del INE para iniciar los trabajos preparativos
📍Antes del 16 de octubre: Senado emite la convocatoria para integrar listados de candidatos
📍Antes del 15 de diciembre: El Congreso federal debe aprobar los cambios en leyes secundarias
📍Antes del 12 de febrero de 2025:
- Integración de Comités de Evaluación en cada Poder
- Evaluar, filtrar y elegir aspirantes
- Elegir candidatos (Presidencia de manera directa, Congreso por mayoría calificada y SCJN por mayoría de 6 votos)
- Una vez aprobadas las listas de candidatos, el Senado las enviará al INE
📍Antes del 15 de marzo: los congresos estatales deben aprobar cambios a leyes locales para adoptar la Reforma Judicial
📍30 de marzo al 28 de mayo: Periodo de campañas de los candidatos
- No tendrán financiamiento público ni privado
- Sólo recibirán tiempos de radio y televisión para promocionarse
- Podrán participar en foros y debates
- Está prohibido para partidos políticos y funcionarios promover o atacar candidaturas
📍1 de junio: Día de la elección extraordinaria. Recibirás, en teoría, 6 boletas:
- Ministros de la SCJN
- Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial
- Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral
- Magistrados de Salas Regionales
- Jueces de distrito y magistrados de circuito
- Juzgadores locales (en caso de elección local)
Habrá que ver como el INE resolverá el problema de espacio en la boleta para jueces y magistrados de circuito.
📍Después de la jornada electoral, el INE:
- Hará los cómputos de la elección
- Publicará resultados
- Dará constancias de mayoría
- Declarará válida la elección
📍Antes del 28 de agosto: Deberán quedar resueltas las impugnaciones
📍1 de septiembre: Los juzgadores electos protestarán su cargo en el Senado
📍Antes del 15 de septiembre: Juzgadores electos serán adscritos al órgano judicial que corresponda
📍Datos que se desconocen:
- Número de casillas
- Número de funcionarios necesarios
- Proceso para agilizar el voto
- Mecanismos y sanciones para evitar financiamiento ilegal / intervención de grupo fácticos
- Si candidatos pueden contratar publicidad y/o promoverse en redes sociales con dinero propio
- El costo de la elección.”