El Instituto Nacional Electoral (INE) apercibió al presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) para que “ajuste su conducta” tal como lo ordenó la Comisión de Quejas y Denuncias el pasado 19 de abril, cuando atendió unas quejas presentadas por los partidos PRD y Movimiento Ciudadano, con motivo de unas declaraciones que hizo durante su conferencia de prensa matutina del pasado 16 de abril.
En su resolución, el INE consideró que las conductas denunciadas eran posiblemente violatorias de los artículos 41 y 134 de la Constitución, así como de los criterios y directrices establecidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por lo que determinó que era procedente emitir la medida cautelar, bajo la figura de tutela preventiva.
El INE pidió a AMLO que durante las campañas electorales y hasta el día de las elecciones, el 6 de junio, se abstenga de difundir logros de gobierno, obras públicas y cualquier tipo de información que pueda incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía, incluso cuando responda a las preguntas de reporteros en las conferencias matutinas.
¿Qué dicen los artículos que cita el INE?
El artículo 41 constitucional señala lo siguiente:
“Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental”.
El artículo 134 establece:
“Los servidores públicos de la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos”.
AMLO volvió a incumplir medida cautelar: INE
Sin embargo, aunque el INE envió las medidas cautelares a la Consejería Jurídica del presidente el día 19 de abril, al día siguiente, 20 de abril, durante la conferencia matutina AMLO volvió a realizar pronunciamientos relacionados con propaganda gubernamental y de índole electoral, lo que motivó que en esa misma fecha se presentara otra queja por el incumplimiento a la medida cautelar dictada por la Comisión de Quejas un día anterior.
El INE explicó que las expresiones y posicionamientos de AMLO el 20 de abril, constituyen un posible desacato a la medida cautelar indicada, al hablar sobre acciones y logros de gobierno, así como cuestiones de índole electoral.
¿Qué pasa si AMLO no acata las órdenes del INE?
A través de un comunicado, el INE pidió a AMLO que “ajuste su conducta” y que, de no hacerlo, se le impondrá como medida de apremio una amonestación pública.
La conducta denunciada el 20 de abril se suma a otros antecedentes y quejas presentadas por diversas fuerzas políticas. Una vez que se obtengan las respuestas a los requerimientos descritos, se enviará el expediente a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para que sea quien finalmente determine si existió o no desacato a la medida cautelar ordenada por esta autoridad y se pronuncie sobre el fondo de las conductas denunciadas.
Precisó el INE.