Estimado lector, recordará que el pasado marzo se aprobó una reforma que permite a los legisladores reelegirse sin tener que pedir licencia y dejar su escaño o curul para hacer campaña. Hasta se incluyó la posibilidad de que se reelijan los legisladores provenientes de un partido que haya perdido su registro. Así, la reelección inmediata para ciertos cargos de elección popular representa en el momento actual un área de reto y de oportunidad, que pondrá a prueba la voluntad del electorado, para aprobar o sancionar el actuar de los candidatos a reelegirse.
Señala el doctor Marco Antonio Pérez de los Reyes, profesor investigador de la Escuela Judicial Electoral del Tribunal electoral del Poder Judicial de la Federación[1], que dentro de las oportunidades de la reelección se encuentra:
- Que coadyuve a la superación de los grados de eficiencia en el desempeño de los cargos públicos de elección popular;
- Genere una nueva cultura ciudadanía de comunicación y evaluación fundada de sus representantes populares;
- El fortalecimiento de las instituciones electorales con la experiencia que, como un valor adherido, obtengan al enfrentar los retos que esta nueva modalidad representa;
- Que los partidos políticos sean en general más responsables y acuciosos en la selección de sus candidatos tanto los de reelección como los que aspiren por primera vez al cargo, sabiendo que serán objeto del escrutinio y elección de una ciudadanía más crítica y exigente; y
- Los candidatos en cualquier modalidad sean más responsables y comprometidos en sus mensajes y propuestas de campaña electoral, en la inteligencia que, el voto lo deberán obtener en reelección probando públicamente el buen desempeño del cargo público y no necesariamente denostando o descalificando a los contrincantes electorales o a las autoridades en ejercicio de sus funciones.
De lo anterior, es válido preguntarnos ¿ si los ciudadanos erigidos en el gran elector, aceptarían la reelección de su representante? Para ello surge también la incógnita si es que se conoce quien es el Diputado federal o local que lo representa en la Cámara de Diputados.
No obstante, ahora mismo nos encontramos ante la inexistencia de una ley reglamentaria en la materia, de ahí que el Instituto Nacional Electoral (INE) fijará las reglas para la reelección de las diputaciones. A su vez, la falta de reglas precisas para la instrumentación de la reelección, deja abierta la posibilidad de interponer medios impugnativos electorales para que sea el órgano de justicia electoral el que determine lo conducente, es decir, que el juzgador optimice el trabajo del legislador reformista.
Ello es así puesto que el penúltimo párrafo de la fracción II del artículo 105 constitucional, establece que las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales. En esa tesitura, siendo que, en septiembre próximo, empieza el proceso electoral 2021, el legislativo se encuentra ante la limitante de tiempo y ya no le es posible reglamentar el tema en cuestión.
Al final del día, la pregunta es, si hoy fueran las elecciones ¿cuál sería la intención de su voto para los diputados federales? La respuesta es la base para saber quién dominará las preferencias electorales rumbo a las elecciones intermedias, ¿se sostiene la tesis sobre darle continuidad a la actual mayoría de la cámara? Como quiera que sea, se hace necesario apuntar que actualmente, el derecho de la reelección compete ejercerlo a los mismos candidatos y no a los partidos políticos. De lo anterior surgen varias interrogantes: ¿Si los actuales diputados son quienes deciden si buscan o no la reelección y el Partido que los postuló decide no respaldarlo, quién pagará los gastos de campaña? ¿Qué sucederá con los candidatos sin partido, que decidan buscar su reelección, lo harán como independientes o buscarán el respaldo de otro partido político? ¿Si un diputado en funciones decide buscar su reelección, deberá hacerlo con la misma fórmula de propietario y suplente con la que ganó, o podrá cambiar al suplente? ¿si el actual diputado decide participar en el proceso para reelegirse y no está obligado a separarse del cargo o pedir licencia, podrá con ambas responsabilidades?
La elección de 2021 nos enfrentará a varias de estas situaciones y por lo menos desde mi punto de vista, será muy interesante saber si el electorado, se queda con el malo por conocido, o por el contrario decide votar por otro candidato para romper con la continuidad de los legisladores, que enfrentarán su prueba de fuego y el reclamo por lo que hicieron o dejaron de hacer en su cargo.
[1] Pérez de los Reyes, Marco Antonio. et al. La reelección. Retroceso o madurez del Sistema Democrático Mexicano. Escuela Judicial Electoral del Tribunal electoral del Poder Judicial de la Federación. Consultado el 4 de junio de 2020. Disponible en: https://www.te.gob.mx/eje/media/pdf/0cd9673e245eb71.pdf